Muerte de Izan Aguirre: la Justicia evalúa la imputabilidad de su madre mientras continúa detenida
R.A.M., de 22 años, fue imputada por homicidio agravado por el vínculo por la muerte de su hijo de 6 años en San Justo. El juez José Luis García Troiano dispuso que permanezca privada de la libertad en el Servicio Penitenciario mientras una Junta Especial de Salud Mental determina si comprendía la criminalidad del hecho y si actualmente puede afrontar un proceso penal.
La investigación por la muerte de Izan Aguirre, el niño de 6 años asesinado en la ciudad de San Justo, ingresó en una etapa decisiva para determinar la situación procesal de su madre, una joven de 22 años identificada mediante las iniciales R.A.M.
La mujer fue imputada por homicidio agravado por el vínculo durante una audiencia realizada este lunes en los Tribunales de Santa Fe. Sin embargo, antes de definir cómo continuará el proceso penal, la Justicia deberá establecer cuál era su estado de salud mental al momento del hecho y determinar su eventual imputabilidad.
A pedido de las fiscales María Laura Urquiza y Daniela Montegrosso, el juez José Luis García Troiano dispuso una medida de restricción de la libertad ambulatoria contemplada en el artículo 107 del Código Procesal Penal de Santa Fe.
La medida continuará vigente mientras se desarrolla una Junta Especial de Salud Mental, que deberá responder dos cuestiones centrales: si la imputada estaba en condiciones de comprender la criminalidad de su conducta al momento del homicidio y si actualmente puede entender los actos procesales y afrontar un proceso penal.
Seguirá detenida mientras se realizan las evaluaciones
Uno de los principales puntos discutidos durante la audiencia estuvo relacionado con el lugar donde debía permanecer alojada R.A.M. durante las evaluaciones psiquiátricas.
La defensa solicitó que la joven fuera trasladada a un hospital especializado. Sin embargo, las fiscales se opusieron y el magistrado resolvió que continúe privada de la libertad dentro del Servicio Penitenciario.
“La abogada defensora no se opuso a la medida que pedimos pero cuestionó que el lugar de cumplimiento sea en el ámbito del Servicio Penitenciario”, explicaron las fiscales.
Según detallaron, la defensa había solicitado que permaneciera internada en un hospital psiquiátrico.
“Desde el MPA nos opusimos a la solicitud, y el juez hizo lugar a nuestro planteo y rechazó el pedido de la abogada defensora”, indicaron.
De acuerdo con lo informado por las funcionarias judiciales, la decisión tuvo en cuenta que la legislación nacional establece como regla general que los tratamientos vinculados con la salud mental sean de carácter ambulatorio, modalidad que no resultaría compatible con las características del caso y la restricción de libertad actualmente dispuesta.
Qué deberá determinar la Junta de Salud Mental
La evaluación técnica será determinante para establecer los próximos pasos de la causa.
En primer término, los especialistas deberán establecer si R.A.M. comprendía la criminalidad de sus actos al momento del homicidio.
También deberán determinar si en la actualidad se encuentra en condiciones de comprender las distintas instancias judiciales y afrontar un proceso penal.
La fiscal María Laura Urquiza explicó que el estado mental de la joven pudo haber experimentado variaciones desde el momento del hecho hasta la actualidad y que la determinación deberá surgir exclusivamente del análisis de profesionales especializados.
Mientras se desarrollen las sesiones de la Junta, la mujer permanecerá detenida.
“El código manda hacerlo con la mayor celeridad posible para poder salir, digamos, de esta situación, de poder determinar su imputabilidad o no, para luego poder seguir adelante con el proceso de una o de otra manera”, explicó Urquiza.
Los dos escenarios posibles
Las conclusiones de la Junta Especial de Salud Mental abrirán dos posibles caminos procesales.
Si los profesionales determinan que la imputada no podía comprender la criminalidad de sus actos, la Justicia deberá evaluar medidas de seguridad orientadas a su tratamiento y recuperación.
Por el contrario, si se establece que comprendía el carácter delictivo de su conducta y podía dirigir sus acciones, la Fiscalía podrá avanzar con las medidas cautelares correspondientes, entre ellas un eventual pedido de prisión preventiva, y continuar con el proceso hacia una posible instancia de juicio oral.
“Puede haber dos opciones. Una es que se determine que no podía comprender la criminalidad del hecho, y es así que luego se va a evaluar las medidas de seguridad con las cuales va a transitar su recuperación. Y la otra es que la Junta determine que sí era consciente y es capaz”, explicó la fiscal.
En caso de ser considerada imputable y posteriormente declarada penalmente responsable por homicidio agravado por el vínculo, la pena prevista es prisión perpetua.
La Fiscalía atribuyó el homicidio a la madre
Durante la audiencia, las fiscales atribuyeron formalmente a R.A.M. la autoría del homicidio de su hijo.
Según la acusación, el hecho ocurrió entre la madrugada y la mañana del miércoles de la semana pasada, en una vivienda ubicada en Cortada 27, sin número, del barrio Reyes de San Justo.
La Fiscalía sostuvo que el niño murió como consecuencia de una asfixia provocada por estrangulación manual.
“La mecánica del hecho fue realizado este homicidio mediante el estrangulamiento del menor en forma mecánica o manual”, confirmó Urquiza.
El informe del médico forense que realizó la autopsia determinó que la víctima falleció como consecuencia de la compresión del cuello, que provocó la obstrucción de las vías aéreas superiores.
No había denuncias previas por maltrato
La Fiscalía confirmó además que no existen antecedentes de denuncias por situaciones de violencia o maltrato infantil vinculadas con la imputada.
“No, no hay absolutamente ninguna otra denuncia previa que tenga que ver ni con maltrato infantil ni con situaciones de violencia de ella para con cualquier otra persona”, sostuvo Urquiza.
La funcionaria judicial explicó también que, en el momento de su aprehensión, la joven realizó algunas manifestaciones consideradas confusas y vinculadas con lo ocurrido.
“Sí manifestó algunas palabras confusas, pero sí hizo alusión al hecho”, indicó.
Sus manifestaciones serán evaluadas por especialistas
En las horas posteriores al crimen, R.A.M. habría expresado que actuó sin voluntad propia y que habría sido “enviada” o “mandada” por otra instancia o persona.
La fiscal evitó calificar estas expresiones estrictamente como “místicas” y señaló que forman parte de los elementos que deberán ser analizados desde el punto de vista psiquiátrico.
“Sí, hizo alusión a algunas cuestiones, no sé si mística sería la palabra. Pero sí tiene que ver, digamos, con haberlo hecho sin su voluntad”, explicó Urquiza.
La Fiscalía remarcó que esas declaraciones no permiten por sí mismas arribar a una conclusión sobre la imputabilidad de la joven y que esa determinación deberá surgir de la Junta Especial de Salud Mental.
La investigación continúa abierta
Por el momento, la madre de Izan es la única persona privada de la libertad y formalmente atribuida por el homicidio, aunque la investigación continúa abierta.
Las fiscales señalaron que ya se tomaron numerosos testimonios y que permanecen en marcha diferentes medidas probatorias.
También fueron secuestrados teléfonos celulares que están siendo peritados, con el objetivo de reconstruir las circunstancias previas y posteriores a la muerte del niño.
“Si bien la investigación se encuentra abierta, hay líneas investigativas, muchísimos testimonios que se han tomado hasta el momento, hay secuestro de teléfonos celulares que también se encuentran siendo peritados”, explicó Urquiza.
Con la imputación ya formalizada, el próximo paso será completar la Junta Especial de Salud Mental. Sus conclusiones serán determinantes para establecer si la causa continúa mediante un proceso penal ordinario o si corresponde adoptar medidas de seguridad vinculadas con una eventual inimputabilidad.
